Pago de colegiatura

 

Lineamientos

Una vez que la persona profesional en Orientación  se incorpora al CPO, asume la responsabilidad de cancelar mensualmente la cuota establecida por la Asamblea del Colegio. Esta cuota corresponde al 8% del salario base de un oficinista judicial; este salario se establece mediante decreto ejecutivo en enero de cada año. Generalmente  en marzo de cada año se informa  del aumento de la cuota.

Un 20% de la cuota mensual,  se destina al Fondo de Mutualidad del CPO.

Esta cuota puede ser cancelada  de diferentes maneras:

  1. Rebajo automático de la planilla (MEP, Ministerio de Justicia, INA, UCR, UNED, JPEMA)

      2. Rebajo automático por  tarjeta de crédito o débito

      3. Depósito o transferencia a las cuentas bancarias del Colegio:

           Banco Nacional de Costa Rica: 100-01-080-006178-7, cuenta cliente No. 15108010010061782

           Banco de Costa Rica:  01-0289498-0, cuenta cliente No. 15201001028949808

            Cédula Jurídica del CPO es 3-007-628158 .

     4. Pago en efectivo o con tarjeta de crédito o débido en las instalaciones del Colegio.

Es responsabilidad de la persona colegiada estar al tanto de sus compromisos económicos con el Colegio. Para la realización de cualquier trámite es  es requisito estar al día en los pagos.

Aproximadamente cada tres meses el CPO envía a cada persona colegiada a la dirección de correo electrónica registrada, un estado de cuenta.  El mismo también puede ser solicitado en cualquier momento.

 

Rebajo por planilla

Las personas que laboran para las siguientes instituciones pueden optar por esta modalidad de pago. 

Para solicitar el rebajo por planilla, descargue, imprima, llene y envíe el siguiente formulario:

 

Rebajo por tarjeta

El CPO pone a la disposición de las personas colegiadas que no cuentan con la posibilidad del rebajo por planilla la opción de hacerlo mediante rebajo por  tarjeta al final de cada mes.

Para solicitar el rebajo por tarjeta, descargue llene y envíe el siguiente formulario:

 

Arreglo de pago

Las personas colegiadas que se encuentran en condición de morosidad, se les ofrece la posibilidad de acogerse a un arreglo de pago, según sus posibilidades económicas.

Sin embargo se advierte que NECESARIAMENTE se debe realizar un pago inicial del 50% de la deuda.  Si la persona no puede realizar este pago, debe dirigir carta de justificación  a la Junta Directiva solicitando se le autorice el pago de un porcentaje menor al 50% de la deuda.

Es muy importante que una vez aprobado el arreglo de pago, la persona colegiada  cumpla con los pagos estipulados en el mismo.

Para solicitar un arreglo de pago, descargue llene y envíe el siguiente formulario: